Si das crédito a tus clientes, emites facturas con método de pago PPD y cobras días o semanas después, el trabajo no termina cuando llega el dinero. Falta un paso que muchas empresas olvidan o hacen tarde: el complemento de pago. En esta guía te explicamos qué es, cuándo hay que emitirlo, qué datos lleva en CFDI 4.0 y cómo convertirlo en una parte automática de tu proceso de cobranza.
Nota: este artículo es informativo. Valida los casos particulares de tu empresa con tu contador.
¿Qué es el complemento de pago?
El complemento de pago es un CFDI de tipo “P” (pago) que se emite cuando recibes el pago de una factura que se expidió con método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido). Sirve para que el SAT sepa cuándo, cuánto y cómo te pagaron esa factura.
La lógica es simple: cuando emites una factura PPD, el SAT sabe que vendiste, pero no sabe si ya te pagaron. El complemento de pago cierra ese hueco y vincula el dinero recibido con la factura original mediante su folio fiscal (UUID).
¿REP y complemento de pago son lo mismo?
Sí. REP significa Recibo Electrónico de Pago y es el nombre con el que mucha gente se refiere al CFDI con complemento para recepción de pagos. En la práctica, “REP”, “complemento de pago” y “CFDI de pago” se usan como sinónimos.
¿Cuándo se emite un complemento de pago?
Facturas PPD vs PUE
Todo depende del método de pago con el que emitiste la factura:
- PUE (pago en una sola exhibición): la factura se paga completa al momento de emitirla. También puedes usar PUE si pactas que te pagarán el total a más tardar el último día del mes en que emites la factura y anotas la forma de pago que esperas (por ejemplo, 03 Transferencia). Una factura PUE no lleva complemento de pago. Si el pago no llega completo dentro de ese mes, debes cancelarla y sustituirla por una factura PPD con forma de pago 99; a partir de ahí, cada pago que recibas se documenta con un complemento de pago.
- PPD (pago en parcialidades o diferido): la factura se paga después o en varias partes. Cada pago que recibas debe documentarse con un complemento de pago; puedes emitir uno por pago o uno por todos los pagos del mes del mismo cliente.
Plazo para emitirlo
Conforme a las reglas vigentes del SAT, el complemento de pago debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en el que recibiste el pago. Por ejemplo, si tu cliente te pagó el 20 de marzo, tienes como límite el 5 de abril para emitir el REP.
En la práctica conviene emitirlo en cuanto confirmas el pago en tu banco. Así no se acumulan pendientes a fin de mes y tu cliente recibe su comprobante a tiempo.
Pagos parciales y varias facturas en un solo REP
- Pagos parciales: si el cliente paga una factura en tres partes, emites un complemento por cada pago, indicando el número de parcialidad, el saldo anterior, el importe pagado y el saldo insoluto (lo que queda por pagar).
- Varias facturas: si un mismo cliente paga varias facturas con una sola transferencia, puedes emitir un solo complemento que relacione todas esas facturas.
- Varios pagos en el mes: también puedes reunir en un solo complemento los pagos que un mismo cliente hizo durante el mes, siempre que lo emitas dentro del plazo.
Datos que lleva un complemento de pago en CFDI 4.0
Con CFDI 4.0 se usa la versión 2.0 del complemento para recepción de pagos. Estos son los bloques principales.
Datos del comprobante (tipo P)
- Tipo de comprobante: P (pago).
- Subtotal y total: en cero; los importes van dentro del complemento.
- Uso de CFDI: CP01 “Pagos”.
- Concepto: uno solo, con la clave de producto 84111506 (servicios de facturación), clave de unidad ACT, cantidad 1, valor 0 y objeto de impuesto “01” (no objeto de impuesto), con la descripción “Pago”.
- Moneda: XXX. Exportación: 01.
- Campos que no se registran en el CFDI: FormaPago, MetodoPago, CondicionesDePago, Descuento ni TipoCambio. La forma de pago y la moneda reales van en el nodo Pago del complemento.
- Datos del receptor: RFC, nombre o razón social, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal, tal como aparecen en su constancia de situación fiscal. Es lo mismo que exige cualquier CFDI 4.0.
Datos del pago
- Fecha y hora en que se recibió el pago (no la fecha en que emites el REP).
- Forma de pago: por ejemplo, 03 “Transferencia electrónica de fondos”. En el complemento no se usa la forma 99 “Por definir”.
- Moneda real del pago y, en su caso, tipo de cambio (aquí sí, dentro del nodo Pago).
- Monto pagado.
- Opcionalmente, datos bancarios de la operación (número de operación, cuentas ordenante y beneficiaria).
Documentos relacionados
Por cada factura que se paga:
- UUID de la factura original.
- Número de parcialidad.
- Saldo anterior, importe pagado y saldo insoluto.
- Objeto de impuesto e impuestos del pago. La versión 2.0 del complemento de pagos, que se usa con CFDI 4.0, pide desglosar por cada factura los impuestos trasladados y retenidos (por ejemplo, el IVA trasladado y, si aplica, el IVA o ISR retenido) en proporción al pago, más un resumen en el nodo Totales, que es obligatorio. La versión 1.0 no lo pedía de esta forma.
Un error en cualquiera de estos campos, sobre todo en el saldo insoluto o en los impuestos, provoca que la información de tu cliente no cuadre con la del SAT.
Cómo emitir un complemento de pago paso a paso
- Confirma el pago en tu banco. Identifica quién pagó, cuánto, cuándo y por qué medio. Parece obvio, pero es donde más tiempo se pierde: transferencias sin referencia, pagos agrupados o montos que no coinciden con ninguna factura.
- Relaciona el pago con la factura o facturas PPD que cubre. Esto es conciliar el pago contra la factura.
- Calcula la parcialidad y los saldos: saldo anterior, importe pagado y saldo insoluto.
- Captura el complemento en tu sistema de facturación: datos del receptor, datos del pago y documentos relacionados.
- Timbra y envía el CFDI de pago a tu cliente (XML y PDF).
- Actualiza tu cartera: marca la factura como pagada o con saldo pendiente para que tu equipo de cobranza no le siga cobrando lo que ya pagó.
Errores comunes y cómo corregirlos
- Emitir una factura PPD y olvidar el complemento. Es el error más frecuente. Puede afectar a tu cliente, que necesita el REP para soportar fiscalmente el pago (por ejemplo, el acreditamiento del IVA), y a ti, porque tu información fiscal queda incompleta. Si te pasa, emite el complemento en cuanto lo detectes y revisa el caso con tu contador.
- Usar la fecha de emisión en vez de la fecha del pago. El complemento debe reflejar cuándo entró el dinero.
- Saldos que no cuadran. Si en la parcialidad 2 el saldo anterior no coincide con el saldo insoluto de la parcialidad 1, la cadena se rompe. Lleva un control por factura.
- Emitir un REP para una factura PUE. Si la factura se emitió como PUE, no lleva complemento. Si la emitiste PUE y no te pagaron completo en ese mes, la regla del SAT pide sustituirla por una factura PPD con forma de pago 99 y emitir el REP por cada pago.
- Datos del receptor desactualizados. En CFDI 4.0, un RFC, nombre, régimen o código postal que no coincide con la constancia de situación fiscal provoca rechazos al timbrar.
- Corregir un REP con errores. Emite primero el REP correcto, relacionado con el erróneo mediante el tipo de relación 04 “Sustitución de los CFDI previos”. Después cancela el REP erróneo con el motivo 01 'Comprobantes emitidos con errores con relación', indicando el folio fiscal del REP que lo sustituye. Un REP con errores solo se cancela si se sustituye. Tu cliente puede tener que aceptar la cancelación; si no responde en 3 días hábiles, se considera aceptada. Valida el caso con tu contador.
Del pago al REP: cómo automatizar el ciclo
Si te fijas, emitir el complemento es lo más fácil. Lo difícil es todo lo que pasa antes:
- Cobrar: recordarle al cliente que su factura está por vencer o ya venció.
- Identificar el pago: encontrar en el estado de cuenta qué transferencia corresponde a qué cliente y a qué facturas.
- Conciliar: aplicar el pago a las facturas correctas y calcular los saldos.
- Emitir el REP a tiempo y enviarlo. Esta obligación es de tu empresa, aunque uses un sistema que te ayude.
Cuando estas tareas viven en hojas de cálculo, correos y chats sueltos, aparecen los complementos tardíos, los saldos que no cuadran y los clientes que reciben recordatorios de facturas que ya pagaron.
Aquí es donde entra el Agente de Cobranza de Actiun: da seguimiento a cada factura PPD con recordatorios por WhatsApp y correo, identifica el pago cuando llega a tu banco, lo concilia contra las facturas del cliente y te ayuda a preparar el complemento de pago. Tu equipo lo revisa, lo timbra y lo envía dentro del plazo; la obligación de emitirlo sigue siendo de tu empresa. Tu cartera se actualiza en el mismo flujo, sin capturas dobles.
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Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?
Tu información fiscal queda incompleta y tu cliente puede no tener el soporte que necesita para el pago. Emítelo en cuanto lo detectes y valida con tu contador si hay alguna implicación adicional.
¿Se puede emitir un REP por varias facturas?
Sí. Un mismo complemento puede relacionar varias facturas del mismo cliente pagadas con una transferencia, o varios pagos del mismo cliente dentro del mes.
¿El complemento de pago lleva IVA?
Con la versión 2.0 del complemento de pagos (la que se usa con CFDI 4.0), se desglosan por cada factura relacionada los impuestos trasladados y retenidos que corresponden al importe pagado, por ejemplo el IVA trasladado proporcional y, si aplica, el IVA o ISR retenido. Además se incluye el resumen en el nodo Totales.
¿Qué hago si un cliente paga en parcialidades?
Emite un complemento por cada pago (o agrupa los del mes), con el número de parcialidad, el saldo anterior, el importe pagado y el saldo insoluto.
¿Qué hago si emití PUE y el cliente paga después?
Si el pago no llega completo dentro del mes en que emitiste la factura, debes cancelarla y sustituirla por una PPD con forma de pago 99, y después emitir el complemento de pago por cada pago que recibas. Emitir esos comprobantes en plazo es obligación de tu empresa.
¿Se puede cancelar un complemento de pago?
Sí, pero mediante sustitución: primero emites el REP correcto relacionado con el erróneo (tipo de relación 04) y después cancelas el erróneo con el motivo 01 'Comprobantes emitidos con errores con relación', indicando el folio fiscal del REP que lo sustituye. Tu cliente puede tener que aceptar la cancelación; si no responde en 3 días hábiles, se considera aceptada. Valida el caso con tu contador.